Entre los aspectos más destacados de la resolución, mencionamos los siguientes:
Se establece la temporada estival Aconcagua 2020-21 entre el 14 de noviembre de 2020 y el 30 de abril de 2021.
No se permitirá el ascenso al Cerro Aconcagua, ni trekking largo, trekking corto, ni actividades de alto riesgo, ni acceso por la pared sur, hasta tanto las condiciones sanitarias lo permitan, para lo cual, la autoridad de aplicación, deberá emitir resolución que reglamente las mencionadas actividades.
Se venderán permisos de ascenso de manera anticipada, para la temporada 2021-2022 con un 25% de descuento sobre las tarifas establecidas.
Aquí todos los párrafos textuales del decreto:
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Aquí podras descargar el PDF con el decreto:
